Introducción: el cargo que nadie quiere
En muchas juntas se repite la misma escena: silencio incómodo, miradas al suelo… y alguien pregunta si de verdad hay que aceptar el cargo. Ser presidente comunidad propietarios no es popular: consume tiempo, genera conflictos y casi nunca tiene recompensa.
Como Administrador de Fincas experto, te adelanto dos ideas clave:
- Sí, el cargo es obligatorio.
- La ley también prevé salidas razonables cuando existen causas justificadas.
En este artículo te explico cuándo es obligatorio, cuándo puedes renunciar, qué funciones reales tiene el presidente, qué riesgos asumes si no haces nada y cómo apoyarte en el administrador para no sufrir.


¿Es obligatorio ser presidente de la comunidad?
Sí, es obligatorio (sin rodeos)
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) es clara: toda comunidad debe tener presidente y los propietarios están obligados a aceptar el cargo cuando les corresponde.
La designación se hace:
- Por turno rotatorio, o
- Por sorteo, si así se acuerda
👉 No es voluntario. Aunque no quieras, aunque no tengas tiempo, aunque “no te apetezca”.
¿Puedo negarme en la junta?
No. La negativa no te libera automáticamente. Si te designan y te niegas sin causa, sigues siendo presidente a efectos legales hasta que un juez diga lo contrario.
Causas para renunciar: lo que sí admite la ley (Art. 13 LPH)
Aquí llega el matiz importante. La LPH sí permite solicitar el relevo cuando existen causas justificadas.
El “juicio de equidad”
El artículo 13 LPH prevé que el propietario designado pueda acudir al juez para que valore su situación en un juicio de equidad y decida si procede el relevo.
⚠️ Importante: no decide la comunidad, decide un juez.
Motivos válidos para renunciar (ejemplos habituales)
Los tribunales suelen admitir, entre otros, estos supuestos:
- Edad avanzada (habitualmente >70 años)
- Enfermedad crónica o incapacitante
- Residencia habitual fuera del edificio o de la ciudad
- Motivos laborales graves (viajes constantes, turnos incompatibles)
- Situaciones personales objetivas que hagan inviable el cargo
👉 No basta con “no quiero” o “no tengo tiempo”. Debe ser objetivo y acreditable.
¿Qué NO suele admitirse?
- Falta de ganas
- Conflictos vecinales genéricos
- Desconocimiento de la ley
- “Siempre me toca a mí”
¿Cómo renunciar correctamente?
- Aceptar el cargo (no lo rechaces sin más).
- Solicitar relevo judicial con pruebas (edad, informes médicos, contrato laboral…).
- Seguir ejerciendo hasta que el juez resuelva.
📌 Consejo práctico: habla antes con el administrador. Muchas comunidades acuerdan un relevo amistoso sin llegar a juzgado.
Funciones reales del presidente (más allá del “dar la cara”)
El presidente comunidad propietarios representa legalmente a la comunidad. Sus funciones reales son:
Representación legal
- Representa a la comunidad ante terceros y ante los tribunales
- Firma demandas y contestaciones (normalmente preparadas por abogado/administrador)
Juntas y acuerdos
- Convoca juntas junto con el administrador
- Preside las reuniones
- Firma las actas
Contratos y documentos
- Firma contratos con:
- Mantenedores
- Empresas de obras
- Servicios
- Siempre con acuerdo previo de la comunidad
Morosidad
- Autoriza la reclamación judicial a vecinos morosos
- Firma certificaciones de deuda
👉 No gestiona el día a día si hay administrador. Supervisa y representa.
¿Qué pasa si “no hago nada”?
Aquí viene una de las partes más serias.
Responsabilidad civil del presidente
Si eres presidente comunidad propietarios y no actúas cuando debes, puedes tener responsabilidad personal si de tu dejadez se deriva un daño.
Ejemplos reales:
- No convocar junta para reparar un elemento peligroso
- Ignorar requerimientos municipales
- No reclamar a un moroso y causar perjuicios económicos
- No ejecutar acuerdos aprobados
Si por tu inacción hay:
- Multas
- Daños a terceros
- Perjuicios económicos
👉 La comunidad puede reclamarte a ti.
⚠️ Ojo: no por equivocarte de buena fe, sino por negligencia clara.
¿Me cubre algún seguro?
En muchas comunidades, el seguro comunitario incluye Responsabilidad Civil de cargos (presidente, vicepresidente, secretario).
📌 Compruébalo. Si no existe, propón contratarlo. Es barato y da tranquilidad.
El vicepresidente: para qué sirve de verdad
¿Es obligatorio?
No siempre, pero muy recomendable.
Función principal
- Sustituye al presidente en casos de:
- Ausencia
- Enfermedad
- Imposibilidad temporal
No tiene funciones propias si el presidente está activo.
👉 Es un seguro de continuidad y descarga presión.
Preguntas frecuentes (respuestas claras)
¿Cuánto dura el cargo?
Normalmente un año, salvo que los estatutos digan otra cosa.
¿Puedo dimitir a mitad de mandato?
Solo con causa justificada o acuerdo de la comunidad. Si no, debes seguir.
¿Puede ser presidente un inquilino?
No. Debe ser propietario.
¿Y si nadie quiere?
Se aplica sorteo. La comunidad no puede quedarse sin presidente.
Consejos prácticos para sobrevivir al cargo
Como administrador, recomiendo siempre:
- ✔️ Apóyate en el Administrador (para eso está)
- ✔️ Exige informes y propuestas por escrito
- ✔️ No tomes decisiones unilaterales
- ✔️ Convoca juntas cuando haya dudas
- ✔️ Documenta todo


Conclusión: si te toca, no sufras solo
La conclusión es clara y honesta:
✔️ Ser presidente es obligatorio
✔️ Renunciar es posible, pero solo con causa y vía legal
✔️ El cargo tiene responsabilidad real
✔️ No estás solo: el administrador es tu mejor aliado
Ser presidente comunidad propietarios es un marrón, sí. Pero bien apoyado y con asesoramiento, es un cargo asumible y seguro.
Mi recomendación final:
👉 Si te toca, acéptalo, rodéate de un buen administrador y cumple con diligencia. Así evitarás problemas… y dormirás tranquilo.